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La Diplomacia (2)
El envío de representantes de una potencia ante otra no constituyó una novedad de los tiempos modernos, en la Roma antigua y en la Europa medieval existían enviados.
Fue la fusión de las tradiciones jurídicas del derecho romano, con el derecho canónico y el derecho común de origen germánico lo que fue dando forma jurídica e institucional a la actividad y a la persona que la desempañaba.
Poco a poco se fue configurando un sistema de garantías:
- Inviolabilidad de la persona.
- Inviolabilidad de su domicilio.
- Extraterritorialidad de la embajada.
- Protección de sus bienes.
- Franquicias fiscales.